Como cada año cuando llegas estas fechas, la Agencia Tributaria ha publicado, el calendario del contribuyente para este 2017. Como suele ser normal, las fechas más destacadas, para este año, son la Campaña de la Renta, que dará comienzo el día 5 de Abril y durará hasta el 30 de Junio, las declaraciones de bienes en el extranjero o las autoliquidaciones de bienes en el extranjero.
Este año presenta algunas novedades respecto a los años pasados. La más importante probablemente sea que desaparece el programa PADRE y todas las declaraciones tendrán que realizarse a través de la Renta Web, la aplicación web que la Agencia Tributaria presentó el año pasado, facilitando la tarea a millones de contribuyentes.
Además de lo anterior, se implantará y se pondrá en funcionamiento a partir del 1 de Julio, el servicio de libros contables a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. El nuevo servicio, toma el nombre de Sistema de Información Inmediata (SII), y será obligatorio para todos los empresarios, profesionales y otros sujetos pasivos cuyo periodo de liquidación coincida con el mes natural.
Por último, este año 2017, se presentarán los siguientes modelos por primera vez:
- Modelo 217: gravamen especial sobre dividendos o participaciones en beneficios distribuidos por Sociedades Anónimas Cotizadas de Inversión en el Mercado Inmobiliario, cuya autoliquidación (SOCIMI) se realizará dos meses desde el día del acuerdo de distribución de beneficios.
- Modelo 231: “Declaración de información país por país”: doce meses siguientes a la finalización del período impositivo.
- Modelo 289: “Declaración informativa anual de cuentas financieras en el ámbito de la asistencia mutua”, a presentar por instituciones financieras desde el 1 de enero hasta el 31 de mayo. Este modelo sustituye al modelo 299 que sólo para el 2016, se presentará exclusivamente para los residentes en Aruba y San Martín.
- Modelo 364 «IVA. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado».
- Modelo 365 «IVA. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado».
- Modelo 589 “Impuesto sobre el Valor de la Extracción de Gas, Petróleo y Condensados. Desde el 1 al 20 de abril.
Por último, como siempre en estos casos, os dejamos un Link para que podáis descargar directamente en pdf el calendario general del contribuyente 2017 publicado directamente por las Agencia Triutaria.