Despido improcedente: Qué es, cómo calcular la indemnización y qué hacer

¿Te acaban de entregar una carta de despido y sientes que el mundo se te viene encima? ¿La empresa te dice que es improcedente pero no tienes claro qué significa exactamente ni cuánto dinero te corresponde por ley? Respira hondo. Es completamente normal sentirse perdido, abrumado e incluso con rabia ante una situación así. A nadie le gusta recibir malas noticias laborales de la noche a la mañana.

Sin embargo, en momentos de incertidumbre como este, la mejor herramienta que tienes a tu alcance es la información legal clara y sin rodeos.

Como abogados laboralistas, sabemos perfectamente lo que pasa por tu cabeza ahora mismo: «¿Me están pagando lo que toca?», «¿Puedo reclamar?», «¿Cuánto tiempo tengo?». En este artículo vamos a desgranar, paso a paso y con un lenguaje totalmente alejado de la fría e incomprensible jerga jurídica, todo lo que necesitas saber sobre el despido improcedente. Te enseñaremos qué es, cómo se calcula la indemnización exacta al céntimo y, lo más importante, qué pasos debes dar desde este mismo instante para defender tus derechos y proteger tu economía.

1. ¿Qué es exactamente un despido improcedente? (Y qué diferencias hay con el objetivo y el disciplinario)

Para entender el terreno que pisas, lo primero es poner las cartas sobre la mesa. En el derecho laboral español, un despido no es más que la decisión unilateral del empresario de romper el contrato de trabajo. Hasta ahí, bien. El problema surge cuando la ley entra a evaluar los motivos y la forma en que se ha producido esa ruptura.

Cuando una empresa decide prescindir de tus servicios, el despido suele encasillarse en tres grandes categorías:

  • Despido objetivo: La empresa alega causas económicas, técnicas, organizativas o de producción (por ejemplo, pérdidas continuas o bajada drástica de ventas), o bien ineptitud sobrevenida del trabajador. Requiere preaviso y una indemnización de 20 días por año trabajado.
  • Despido disciplinario: Se fundamenta en un incumplimiento grave y culpable por parte del trabajador (faltas de asistencia reiteradas, desobediencia, ofensas verbales, disminución voluntaria del rendimiento). Si se demuestra, no da derecho a indemnización.
  • Despido improcedente: Ocurre cuando la empresa no logra justificar legalmente los motivos alegados en la carta de despido, o bien no ha cumplido con los requisitos formales que exige la normativa (por ejemplo, cometer errores graves en el cálculo o en el procedimiento del despido objetivo).

¿Cuándo pasa un despido a ser considerado improcedente?

Un juez de lo social (o un acuerdo previo en el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación — SMAC) declarará la improcedencia de tu despido principalmente en dos escenarios:

  1. Falta de causa real: Los motivos que te han puesto en la carta de despido son falsos, exagerados o no se pueden demostrar con pruebas objetivas y sólidas en un juicio.
  2. Defectos de forma: La empresa ha obviado obligaciones formales esenciales, como no entregarte la carta de despido por escrito detallando los hechos y la fecha de efectos, o no poner a tu disposición la indemnización correspondiente en el momento de un despido objetivo.

2. La gran pregunta: ¿Cuánto dinero me corresponde de indemnización?

Llegamos al punto que, con toda seguridad, más te preocupa. ¿Cuánto dinero vale tu tiempo y tu historial en esa empresa? La indemnización por despido improcedente ha sufrido modificaciones a lo largo de los años (especialmente tras la tristemente célebre reforma laboral de 2012), por lo que es vital calcularla correctamente en función de la fecha en la que firmaste tu contrato original.

La regla general se divide en dos tramos temporales muy claros:

Tramo 1: Contratos firmados antes del 12 de febrero de 2012

Si empezaste a trabajar en la empresa antes de esa fecha, acumulas derechos bajo el régimen antiguo:

  • Se te reconocen 45 días de salario por año trabajado por el tiempo prestado hasta el 12 de febrero de 2012.
  • Con un tope máximo acumulado de 42 mensualidades.

Tramo 2: Contratos firmados a partir del 12 de febrero de 2012 (o para todo el tiempo posterior)

Para los contratos posteriores a esa fecha o para el tiempo corrido desde entonces:

  • La indemnización se reduce a 33 días de salario por año trabajado.
  • Con un tope máximo de 24 mensualidades.

💡 Nota importante: Si tu contrato es anterior a 2012, tu indemnización final será el resultado de sumar la cantidad acumulada hasta el 12 de febrero de 2012 (a razón de 45 días/año) y la generada desde entonces hasta el día de tu despido (a razón de 33 días/año). Eso sí, existe una regla de topes globales que un abogado laboralista debe revisar para que la empresa no intente abonarte menos de lo que marca la ley.

¿Cómo se calcula el «Salario Diario» para la indemnización?

Para aplicar los 33 o 45 días por año, necesitas saber exactamente cuánto ganas al día. Para ello, se tiene en cuenta el salario bruto anual (incluyendo pagas extras prorrateadas, complementos fijos, etc.).

  • Se divide el salario bruto anual entre 365 días (o 360 según convenio, aunque lo estándar son 365).
  • A los meses trabajados que no completen un año exacto se les aplica la parte proporcional (cálculo por días).

3. ¿Qué opciones tiene la empresa si el despido es declarado improcedente?

Una vez que se determina (bien mediante un acuerdo en conciliación o mediante sentencia judicial) que tu despido es improcedente, la ley otorga una potestad de elección que, en la inmensa mayoría de los casos privados, recae sobre la empresa:

  1. Readmisión: La empresa te reincorpora a tu puesto de trabajo en las mismas condiciones que tenías antes del despido, además de abonarte los llamados salarios de tramitación (el dinero que habrías cobrado desde el día del despido hasta que te reincorporas). Nota mental: En la práctica real del mercado laboral actual, las empresas rara vez eligen esta opción, prefiriendo pagar la indemnización.
  2. Extinción del contrato e indemnización: La empresa decide no readmitirte y te abona la indemnización económica legal correspondiente que hemos calculado en el punto anterior. En este caso, el contrato queda definitivamente roto.

(Excepción importante: Si eres representante legal de los trabajadores o delegado sindical, la decisión de elegir entre readmisión o indemnización recae exclusivamente sobre ti, no sobre la empresa).

4. El reloj corre: Plazos fatales que debes memorizar

Si hay una regla de oro en el derecho laboral que jamás debes pasar por alto es el plazo de caducidad. En los despidos, el tiempo juega absolutamente en tu contra.

Dispones de un plazo improrrogable de 20 días hábiles (es decir, de lunes a viernes, excluyendo sábados, domingos y festivos nacionales o locales) desde la fecha efectiva del despido para presentar tu demanda.

  • ¿Qué pasa si dejas pasar el día 20?
    • Que perderás para siempre el derecho a reclamar. Tu despido, por muy injusto o inventado que fuera, se considerará plenamente válido y habrás regalado tu indemnización a la empresa.
    • Por este motivo insistimos tanto: no esperes al último día. Ante la menor duda sobre tu carta de despido, acude a un profesional de inmediato.

5. Paso a paso: ¿Qué debes hacer desde el mismo momento en que te despiden?

Para que no cometas ningún error que pueda perjudicar tus posibilidades de éxito en una futura negociación o juicio, sigue rigurosamente esta hoja de ruta:

Paso 1: Firma siempre «NO CONFORME» y pon la fecha

Cuando te entreguen la carta de despido, la empresa te exigirá que la firmes como justificante de recepción.

  • Nunca firmes sin más si no estás de acuerdo.
  • Escribe de tu puño y letra la frase «RECIBIDO NO CONFORME», añade la fecha exacta y la hora en que te la entregan. Esa firma solo acredita que te la han entregado, no que aceptes los motivos. Si te niegan la firma, intenta acudir acompañado de un testigo o solicita que te la envíen por burofax.

Paso 2: Recopila toda la documentación posible

Guarda a buen recaudo en tu casa (no en carpetas del ordenador de la oficina a las que luego no puedas acceder):

  • La carta de despido.
  • Tus últimas nóminas (al menos las de los últimos 12 meses).
  • Tu contrato de trabajo original y cualquier anexo o prórroga.
  • El certificado de empresa y los extractos de cotización de la Seguridad Social.
  • Cualquier prueba que demuestre buen rendimiento, correos electrónicos, mensajes de WhatsApp o incongruencias en los argumentos de la empresa.

Paso 3: Solicita el paro de inmediato (sin miedo a perder tus derechos)

Muchas personas temen apuntarse al desempleo por si «la empresa piensa que han aceptado el despido». Es un error grave. Debes solicitar tu prestación o subsidio por desempleo dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha del despido. Tramitar el paro no renuncia en absoluto a tu derecho de demandar a la empresa por despido improcedente. Necesitas ingresar dinero mientras se resuelve tu situación legal.

Paso 4: Acude a un despacho de abogados laboralistas especialistas

No intentes negociar con recursos humanos sin respaldo profesional. Las empresas suelen contar con asesorías jurídicas potentes cuyo objetivo es minimizar el pago de indemnizaciones. Contar con un abogado experto en derecho laboral te garantiza que cada paso esté medido al milímetro: desde la redacción de la papeleta de conciliación hasta la defensa en sala si llega el juicio.

6. La conciliación previa (SMAC): El paso obligatorio antes de pisar los juzgados

En España, antes de presentar una demanda por despido ante los juzgados de lo social, es un requisito procesal obligatorio presentar una Papeleta de Conciliación ante el servicio administrativo correspondiente (en nuestra comunidad, ante el CMAC / SMAC).

¿En qué consiste este trámite? Se convoca a la empresa a un acto de avenencia o conciliación administrativa en un plazo breve. Es un encuentro cara a cara (mediado por un funcionario público) donde se intenta llegar a un acuerdo amistoso.

  • Si la empresa reconoce su error o prefiere evitar el juicio, es muy habitual que en este acto se firme un acuerdo incrementando la indemnización (a veces incluso cerrando cifras muy cercanas al despido improcedente o acordando cantidades superiores).
  • Si la empresa no se presenta o no hay avenencia, se expide el certificado de «intentado sin efecto» y se abre la vía judicial definitiva.

7. No dejes que vulneren tus derechos laborales

Un despido no es el fin de tu carrera profesional, pero sí es un momento crítico donde tus derechos económicos y tu tranquilidad personal están en juego. Permitir que una empresa rescinda tu contrato de forma arbitraria sin abonarte la compensación económica que marca la ley es un perjuicio que arrastrarás durante mucho tiempo.

No tienes por qué enfrentarte a este proceso en solitario ni dejarte guiar por bulos o consejos improvisados de conocidos.

Si te encuentras en esta situación, ponte en contacto con nosotros hoy mismo. Analizaremos tu carta de despido de manera personalizada, calcularemos hasta el último céntimo de tu indemnización y trazaremos la estrategia legal más rápida y eficaz para defender lo que es tuyo. ¡El tiempo corre y tus derechos no esperan!


Formulario de Contacto

"*" señala los campos obligatorios

Nombre*
Despido improcedente: Qué es, cómo calcular la indemnización y qué hacer 1 - Luis Pérez BocanegraDespido improcedente: Qué es, cómo calcular la indemnización y qué hacer 2 - Luis Pérez BocanegraDespido improcedente: Qué es, cómo calcular la indemnización y qué hacer 3 - Luis Pérez Bocanegra